<span style="font-weight: bold; font-size: 8pt;">Texto: David Villamar C., Presidente del directorio de la COSEDE</span><br /> <br /> <span style="color: #996600; font-weight: bold;">Desde un punto de vista técnico</span>, tal afirmación únicamente es válida en el caso excepcional de un mercado competitivo, pero cuando se presentan fallas de mercado, la acción del Estado puede ser imperativa. <br /> <br /> Si bien un sistema financiero regulado no es necesariamente saludable, lo opuesto es casi una regla universal: un sistema financiero saludable generalmente está bien regulado. Esto se evidencia en el Gráfico 1, tomado de Rogoff y Reinhart (2008), en el que se ve con claridad que la liberalización financiera (movilidad del capital) en el mundo ha ido de la mano con mayor volatilidad de los sistemas financieros y la recurrencia de los colapsos bancarios.<br /> <br /> Incidencia de la liberalización financiera en las crisis bancarias<br /> <br /> <img src="http://www.ekosnegocios.com/negocios/especiales/images/279/20.jpg" /><br /> <span style="font-size: 8pt;">Fuente y elaboración: Carmen M. Reinhart y Kenneth S. Rogoff, “This Time Is Different: A Panoramic View of Eight Centuries of Financial Crises”, National Bureau of Economic Research, Working Paper (2008).</span><br /> <br /> En Ecuador se dio un proceso de desregulación financiera desde los años 90 hasta mediados de la década de los 2000, esto creó incentivos que afectaron a la salud del sistema. En 1992 se expidió la Ley de Régimen Monetario, según la cual el 50% de miembros de la Junta Monetaria debía provenir del sector privado (Art. 78). Se estableció la autonomía del Banco Central del Ecuador (BCE), así como su función de prestamista de última instancia (Arts. 24 a 27) y se restringió su capacidad de intervenir en la economía. En 1994, la Ley General de Instituciones Financieras dio paso a la liberalización financiera, facilitó los procesos de concentración (Art. 17) y permitió a los bancos tener acciones en el sector real; restringió la facultad regulatoria de la Superintendencia de Bancos (Art. 173) y determinó que sea la Junta de Accionistas de cada entidad la que nombre auditores. Todo esto favoreció la proliferación de créditos vinculados y maquillaje de balances de las entidades que no sobrevivieron a la crisis. A esto se suma, en 1998, la capacidad constitucional que se le dio al BCE de conceder créditos de estabilidad y solvencia (Disp. Trans. 42), y una AGD que garantizaba, con recursos públicos el 100% de los depósitos, trasladando así al sector público el costo de un mal manejo financiero.<br /> <br /> Esto llevó a que las entidades financieras asuman niveles excesivos de riesgo que sumados a un contexto desfavorable (Guerra del Cenepa en 1995, Fenómeno del Niño en 1997, desplome del precio del crudo en 1998) desembocaron en la crisis financiera de 1999, en la que más del 60% del sistema bancario quebró. En la actualidad, la situación es diferente. Si bien el contexto de los últimos años fue también bastante desfavorable: desplome de los precios del crudo (2014), devaluación de Colombia y Perú (2015-2016), Fenómeno del Niño (2016), desaceleración económica en China (2015), Terremotos en Manabí y Esmeraldas (2016) y pago de indemnizaciones a Occidental y Chevron (2015-2016)- el sistema financiero se mantuvo estable. Aunque se puede dar varias respuestas al por qué de la solidez del sistema -como la existencia de una banca más responsable, o la disponibilidad de mejores mecanismos de coordinación e información-, también incidió el actual andamiaje institucional y jurídico que lo protege y que buscó corregir las debilidades que llevaron a la crisis de 1999.<br /> <br /> Así, en la Constitución de 2008, se prohibió garantizar deudas privadas con recursos públicos y se impidió a la banca participar en actividades ajenas a lo financiero. También en 2008 se promulgó la Ley de Creación de la Red de Seguridad Financiera -RSF, misma que consta de cuatro pilares: Supervisión Financiera, Fondo de Liquidez, Esquema de Resolución Bancaria y Sistema del Seguro de Depósitos. Asimismo, determinó que el Fondo de Liquidez se alimente de recursos de los bancos, le dio el rol de prestamista de última instancia para créditos de liquidez y promovió su crecimiento acelerado (Ver Gráfico 2).<br /> <br /> Finalmente, estipuló que el Seguro de Depósitos se alimente de contribuciones de cada entidad -no de recursos públicos- fijó un tope de cobertura que mantiene cubierto al 98% de los depositantes y parcialmente al 2%, asegurando así la corresponsabilidad de la banca en la protección del sistema.<br /> <br /> Esta Ley crea la Corporación del Seguro de Depósitos - COSEDE, parte de la RSF encargada de administrar el Fondo de Liquidez y pagar el Seguro de Depósitos. En 2010, la Ley Orgánica de Economía Popular y Solidaria creó la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria y el Seguro de Depósitos para las cooperativas de ahorro y crédito, ampliando así la Red. En 2014, el Código Orgánico Monetario y Financiero estableció la creación de un Fondo de Liquidez para la EPS y un Fondo de Seguro para los seguros privados (ambos administrados por la COSEDE), entre otros.<br /> <br /> Estos cambios legales potenciaron el rol del Estado como coordinador de la acción colectiva, dándole la capacidad de intervenir ante problemas puntuales del sistema, devolviendo oportunamente sus recursos a los depositantes, detectando y separando a las entidades enfermas del sistema. Desde su creación en 2008, COSEDE ha atendido a más de 360.000 depositantes y hoy cuenta con más de USD 4.000 millones destinados a la protección del sistema, apuntalando la estabilidad financiera.<br /> <br /> <span style="color: #996600; font-weight: bold;">Evolución del patrimonio del Fondo de Liquidez</span><br /> <br /> <img src="http://www.ekosnegocios.com/negocios/especiales/images/279/22.jpg" /><br /> <span style="font-size: 8pt;">(USD millones) | Fuente y elaboración: COSEDE</span><br /> <br />