Esta actualización de la ley tiene como objetivo permitir que la actividad pesquera, de gran importancia para el país, se lleve a cabo con todas las garantías y cumpliendo los parámetros de sostenibilidad necesarios para proteger el entorno marino. La Ley Orgánica para el Desarrollo de la Acuicultura y Pesca, ha contado con el apoyo y consenso entre instituciones y las empresas y organizaciones que forman parte de este sector. Según Bruno Leone, presidente de la Cámara Nacional de Pesquería “Nosotros somos los primeros interesados en cuidar el entorno marino y asegurar buenas prácticas. Trabajar en esta dirección nos garantiza una actividad viable y sostenible a largo plazo, así como competitividad en el contexto internacional, donde los estándares en términos de calidad y medio ambiente son muy exigentes”. A inicios de mayo, se dio a conocer una noticia que situaba a Ecuador como exportador de tiburones. Sin embargo, esta es una actividad estrictamente regulada, no es una práctica habitual que se dé entre las flotas pesqueras del país. Si bien es cierto que en lo que se denomina “pesca o captura incidental” (aquellas especies que se capturan entre los objetivos de las flotas, pero representan un % que varía en función de la técnica utilizada: desde el 2% en el caso de la pesca de cerco, hasta el 20% en el caso de la pesca de palangre artesanal) se capturan tiburones. Esto es algo que ocurre en todo el mundo, pero en Ecuador está claramente regulado por las autoridades competentes. Plan de acción de tiburones Ecuador ha sido un país pionero a la hora de impulsar prácticas y mejoras orientadas a reducir esta situación al máximo. Al Plan de Acción de Tiburones, convertido hoy en política de Estado, se suman los proyectos de mejoramiento pesquero (FIP, por sus siglas en inglés) impulsados por las empresas del sector y orientados a conseguir una actividad pesquera respetuosa con el entorno marino, a través de acciones que abarcan desde la investigación científica para reducir el impacto en los ecosistemas, hasta la implementación de un código de buenas prácticas para el manejo de la pesca incidental. El aleteo, práctica consistente en cortar la aleta al tiburón y devolver al animal al agua sin la misma, condenándolo a morir, está prohibido en Ecuador desde 1993. Fue el primer país en hacerlo y es una práctica considerada delito y perseguida como tal. “El tiburón, como depredador, es parte esencial de nuestro ecosistema y, por lo tanto, se ha trabajado intensamente para protegerlo y lo seguiremos haciendo. Adicionalmente, es importante destacar que, desde un punto de vista económico, no es el tiburón lo que permite mantener la actividad pesquera, el atún es el principal objetivo. "Ni el tiburón ni la aleta de tiburón son el eje de nuestro negocio” añadía Leone. Adicionalmente, es importante destacar que las exportaciones de aleta de tiburón pasan por la autoridad pesquera y por el Ministerio de Ambiente. Ambas entidades comprueban que la pesca que se va a exportar esté dentro de los parámetros y cantidades autorizadas. Además de monitorear y registrar su fuente, la especie, el tamaño y otra serie de elementos que permiten garantizar su legitimidad. Los diferentes planes impulsados en los últimos años, han tenido un impacto positivo. En el caso de los tiburones sedosos y de acuerdo a los datos del CIAT, las capturas de esta especie en 2019 están aproximadamente un 21% por debajo del promedio de capturas en el periodo 2014 – 2017. Asimismo, un reciente estudio realizado por el Fondo Mundial para la Naturaleza (WWF Ecuador) sobre la comercialización de tiburones en Ecuador, observa que las capturas de esta especie no solo han disminuido del periodo 2013 - 2017 (aproximadamente 117.315 individuos), en comparación al periodo anterior, 2008 - 2012 (139.000 individuos), sino que además se ha mantenido estable en los últimos años, lo que pone de relieve la importancia de tener una política de gobierno apropiada sobre el manejo de la pesquería, obteniendo buenos resultados al monitorear, regular y controlar adecuadamente estas capturas incidentales. Fuente: Cámara Nacional de Pesquería