La Junta de Política y Regulación Financiera dispuso que, hasta el 31 de diciembre de 2022, las entidades públicas y privadas consideren como vencidas las deudas que estén impagas por más de 61 días. Desde el 1 de enero, los dividendos de los créditos que no hayan sido cubiertos oportunamente, dentro de su fecha máxima de pago, serán trasladados a cartera vencida a partir del día 31, a excepción de los créditos de vivienda, que se mantendrán con las condiciones actuales de traslado de cartera. Hasta febrero de 2020, las deudas calificaban en esa categoría después del día 15 o 30, según el tipo de crédito. También te puede interesar: KonMari: el método japonés con el que puede aprender a ahorrar en solo cuatro pasos Debido a este cambio, algunas entidades financieras han optado por recordar a sus clientes, a través de mensajes de texto y correos electrónicos, sobre el regreso al anterior período límite para que tomen precauciones y conserven un buen perfil crediticio. Fuente: Expreso