La Junta de Política y Regulación Financiera (JPRF) decidió extender por seis meses (hasta junio de 2022) la normativa que permite que las deudas sean clasificadas como “vencidas” a los 61 días de falta de pago. Inicialmente, el plazo del beneficio financiero vencía el 31 de diciembre de 2021. Antes de la pandemia, las obligaciones se consideraban como vencidas a partir de los 15 días de falta de pago, según el tipo de crédito. Sin embargo, los efectos económicos recesivos de la emergencia sanitaria provocaron que los clientes no puedan cumplir con sus obligaciones crediticias a tiempo y su calificación de riesgo se deteriore. La JPRF manifestó que esta medida minimiza el impacto de la pandemia de Covid-19 y representa un alivio económico a las familias y a los sectores productivos. Además, la decisión está sujeta a un informe técnico y jurídico de la Superintendencia de Bancos. Según Rosa Guerrero, asesora de la Superintendencia y vicepresidenta de la Iniciativa de Inclusión Financiera par América Latina y el Caribe (FILAC), el organismo de control sustentó su pedido en tres factores: 1. Crecimiento ralentizado de la economía en 2,5% para el año 2022, de acuerdo al Banco Central. 2. Recomendaciones del Fondo Monetario Internacional (FMI). 3. Transitar hacia tasas de inclusión financiera. La norma únicamente evita el deterioro del historial de crédito, por lo que los clientes no están exentos del pago de intereses por mora en caso de que presenten atrasos en sus pagos. Fuente: Primicias