La resolución se publicó este lunes 21 de agosto del 2023 en el Registro Oficial. La Junta incluye las actividades fintech (por Finance and Technology) como medio de pago regulado. La inclusión responde al mandato de Ley Orgánica para el Desarrollo, Regulación y Control de los Servicios Financieros Tecnológicos (Ley Fintech), que dio 180 días a la junta para emitir la normativa secundaria que permita su aplicación. Billeteras electrónicas La billetera electrónica es un medio que, mediante un dispositivo electrónico o servicio en línea, facilita pagos y transferencias y permite enviar y recibir giros financieros. Estas billeteras electrónicas serán operadas exclusivamente por Sociedades Especializadas de Depósitos y Pagos Electrónicos (Sedpes), por las entidades financieras para sus clientes y por auxiliares de servicios financieros de pagos con permiso para ello. Los fondos de los titulares de billeteras electrónicas estarán disponibles en todo momento, al solo requerimiento de su titular y de manera inmediata, según la resolución. También te puede interesar: En 2022, los ecuatorianos realizaron 929 millones de transacciones bancarias; el 49,1% fue por canales digitales Al efecto, los sistemas implementados por las Sedpes deberán operar las 24 horas del día, los siete días de la semana, los 365 días del año. “Las entidades que brinden el servicio de billetera electrónica, deberán permitir a sus usuarios personalizar sus montos máximos de operación. Estas entidades deberán informar a sus usuarios respecto de las medidas de seguridad transaccional”, agrega el documento. Con la resolución también se regulan sistemas auxiliares de pago para compensación entre distintos participantes del sistema financiero, así como la canalización de remesas. Además, se define el papel de las sociedades Sedpes. Fuente: Primicias