Si bien existen aspectos positivos en materia laboral y fiscal, siguen pendientes las reformas estructurales como la reducción del gasto público y la eliminación de subsidios a los cobustibles. Los puntos neurales de los proyectos aprobados son: sostenibilidad laboral, bienestar social, acuerdos o concordatos para tratamiento de deudas y otras disposiciones. En materia laboral, se crea el “contrato de trabajo especial emergente”. Este podrá durar máximo dos años y se puede renovar una vez por el mismo plazo. La jornada laboral oscilará entre las 20 o 40 horas semanales. El empleador podrá controlar unilateralmente el cronograma de vacaciones por dos años. La remuneración que percibirá el trabajador será no menos del 55%. En lo relacionado a bienestar social, se prohíbe: la suspensión de servicios por falta de pago; el congelamiento de tarifas en servicios básicos por seis meses; el desahucio en materia de inquilinato durante el estado de excepción y hasta 60 días después; y, la terminación de las pólizas de salud hasta tres meses. Además, se emitirá política de precios para la canasta básica vigente en 2020. Ley económica urgente para el Ordenamiento de las Finanzas Públicas Constituye uno de los compromisos que tiene el Gobierno con el FMI para mejorar el manejo fiscal y acceder al financiamiento de los multilaterales. Los puntos clave propuestos son: Autonomía presupuestaria: La Seguridad Social no estará dentro del Sector Público no Financiero, es decir, serán entidades autónomas con fondos propios, patrimonio propio y no forma parte del Presupuesto General del Estado. Planificación Compartida: El Ministerio de Finanzas, junto con Planifica Ecuador, establecerán políticas con miras a un crecimiento sostenible. Límite a modificaciones del gasto presupuestario: Se plantea que el margen de cambios permitido sea menor y llegue máximo al 5%. Creación de Fondos de ahorro: Un fondo para “contingencias fiscales”, equivalente al 3% del gasto total del Presupuesto. También se propone la creación de un fondo de estabilización, cuyo origen será la de explotación de recursos, cuando estos superen lo contemplado en el Presupuesto. Límites al endeudamiento: Se plantea que el límite de deuda pueda ser modificado cada cinco años hasta un techo máximo del 45% del PIB. Este límite deberá regresar a los límites iniciales del 40% del PIB durante los próximos tres años.